Hola! queria consultar acerca de un cliente que esta inscripto en IIBB desde el año 1994, por ser propietario de un bar de pueblo donde el mismo atiende; nunca presentó declaraciones juradas ni efectuó pago alguno por este concepto.
En noviembre de 2013 la concubina recibió una herencia en $, y abrió una caja de ahorro en el banco y la puso a nombre de ambos; Arba le efectuó una retención de $ 100.000.
Mi consulta es acerca de que puedo hacer para que le reintegren parte de ese importe retenido; se pueden presentar las declaraciones desde la fecha de inscripcion o qiue procedimiento debo adoptar. Desde ya muchas gracias
ingresos brutos provincia de Buenos Aires
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Re: ingresos brutos provincia de Buenos Aires
Por lo pronto, la retención que hizo RENTAS de dicha Provincia es respecto a que tu cliente figura como Contribuyente de Riesgo Fiscal (por lo que comentás, que nunca presentó ninguna DDJJ).
Lo primero que tendrás que hacer (aunque ya sepas la razón, pero para tener en claro qué te reclaman, y qué períodos reclama realmente) es acercarte a la Dependencia correspondiente a tu domicilio, y consultar la razón de la retención.
Una vez hecho esto, tendrás que dar el alta en el impuesto según la fecha correspondiente, presentar TODAS las DDJJ mensuales y anuales, abonando el impuesto que corresponda, según la facturación que haya tenido, y una vez hecho esto, dirigirte a RENTAS con las presentaciones, para informar la regularización.
Por la deuda que determines, una vez presentadas las DDJJ, podés pagarlas en efectivo las mismas o bien solicitar Planes de pago.
Cualquier duda a tu disposición.
Un saludo.
Lo primero que tendrás que hacer (aunque ya sepas la razón, pero para tener en claro qué te reclaman, y qué períodos reclama realmente) es acercarte a la Dependencia correspondiente a tu domicilio, y consultar la razón de la retención.
Una vez hecho esto, tendrás que dar el alta en el impuesto según la fecha correspondiente, presentar TODAS las DDJJ mensuales y anuales, abonando el impuesto que corresponda, según la facturación que haya tenido, y una vez hecho esto, dirigirte a RENTAS con las presentaciones, para informar la regularización.
Por la deuda que determines, una vez presentadas las DDJJ, podés pagarlas en efectivo las mismas o bien solicitar Planes de pago.
Cualquier duda a tu disposición.
Un saludo.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar
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