Ingresos Brutos - Jurisdicción

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luis_g
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Ingresos Brutos - Jurisdicción

Mensaje por luis_g »

Buenas tardes colegas.

Acudo a ustedes para que puedan orientarme respecto a un caso:

Una persona que realiza tareas de costuras en su taller ubicado en Pcia. de Bs As, las entregas las realiza en su taller, pero debe facturar a empresas ubicadas en CABA exclusivamente.

Me aconsejan inscribirla en ARBA o en CM? Si es éste último, aplicaría el Art. 1 d) o Art. 10?

Muchas gracias.

Saludos.
eduardo286
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Re: Ingresos Brutos - Jurisdicción

Mensaje por eduardo286 »

Luis:

Interpreto que la inscripción procede en CM - artículo 1 - inciso "a".

Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
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luis_g
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Re: Ingresos Brutos - Jurisdicción

Mensaje por luis_g »

eduardo286 escribió:Luis:

Interpreto que la inscripción procede en CM - artículo 1 - inciso "a".

Saludos.
Muchas gracias por la respuesta Eduardo.
Lo que me genera duda, es que en CABA no tiene ningún gasto. La actividad se desarrolla en Pcia y la mercadería la retiran en Pcia.

Solo que sus clientes están radicados en CABA.
Estudio Contable GS
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Re: Ingresos Brutos - Jurisdicción

Mensaje por Estudio Contable GS »

No Eduardo.

Si quien vende no se traslada a CABA, ni para retirar el producto ni para entregarlo, no corresponde tributar en Convenio.


En la factura, original y duplicado, dejá expuesto con una leyenda, que se retira y abona del domicilio de Bs. As.

Saludos.
Gabriel Sequino
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