COMPRAS EN EL EXTERIOR-DEDUCCION GCIAS
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COMPRAS EN EL EXTERIOR-DEDUCCION GCIAS
Hola: queria saber si una persona fisica, puede deducir en ganancias percepciones por compras en el exterior, realizadas por su hijo con una extension de su tarjeta y que el contribuyente " padre" pago, siendo que el hijo es mayor de 24 años y por tanto no a cargo del contribuyente. No se si se tiene en cuenta que este a cargo del contribuyente, segun la LIG, o que el padre haya sido quien haya pagado esas compras.Gracias
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Re: COMPRAS EN EL EXTERIOR-DEDUCCION GCIAS
Colega
El contribuyente solo podrá tomar a cuenta del pago del impuesto aquellas percepciones que hubiera sufrido por compras realizadas en su nombre o bien, de ser realizadas por componentes de su familia, siempre y cuando este se encuentre a su cargo.
En el caso descripto, al ser mayor a 24 años el descendiente ha perdido su condición de carga de familia por lo que no deberá tomar la percepción como pago a cuenta del impuesto
Dr. Sergio Carbone
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El contribuyente solo podrá tomar a cuenta del pago del impuesto aquellas percepciones que hubiera sufrido por compras realizadas en su nombre o bien, de ser realizadas por componentes de su familia, siempre y cuando este se encuentre a su cargo.
En el caso descripto, al ser mayor a 24 años el descendiente ha perdido su condición de carga de familia por lo que no deberá tomar la percepción como pago a cuenta del impuesto
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Re: COMPRAS EN EL EXTERIOR-DEDUCCION GCIAS
Tal como dice Sergio.
Si ese hijo no lo tiene a cargo y no lo deduce en Ganancias, no podrás deducir la Percepción.
Ojo porque los sistemas de AFIP cuando querés cargar la percepción te la rebotan (ya tuve clientes que me consultaron por lo mismo).
saludos.
Si ese hijo no lo tiene a cargo y no lo deduce en Ganancias, no podrás deducir la Percepción.
Ojo porque los sistemas de AFIP cuando querés cargar la percepción te la rebotan (ya tuve clientes que me consultaron por lo mismo).
saludos.
Gabriel Sequino
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