Cómo están, buenas noches.
Soy nuevo en el foro, gracias por permitirme participar.
Una consulta rápida:
Una mujer Dona una casa (como nuda propiedad) a título gratuito (no oneroso), a su hijo, mediante escritura correspondiente, pero ella se reserva el derecho de usufructo gratuito y vitalicio, es decir la usufructuaria es la mujer.
1_ ¿Quien debe efectuar la declaración jurada Informativa de Bienes Personales, la mujer o el hijo?
2_ En correspondencia con lo anterior y si correspondiera tributar Bienes Personales por esa vivienda, ¿quien de los dos tributaría?
Agradecido desde ya.
Donación con Usufructo: ¿quién Declara Bienes Personales?
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Re: Donación con Usufructo: ¿quién Declara Bienes Personales
1 y 2 son concurrentes.
No existe pago sin DDJJ. O sea que el que declara es el que tiene que pagar.
Yendo a tu consulta... Declara la usufructuaria como lo venía haciendo antes.
Saludos.
No existe pago sin DDJJ. O sea que el que declara es el que tiene que pagar.
Yendo a tu consulta... Declara la usufructuaria como lo venía haciendo antes.
Saludos.
Contador Público U.B.A.
Matriculado en Ciudad de Buenos Aires - Provincia de Buenos Aires - Provincia de Misiones - Provincia de Corrientes
e-mail: [email protected]
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Re: Donación con Usufructo: ¿quién Declara Bienes Personales
Muchas gracias estimado por su respuesta.
Muy claro.
Un saludo.
Muy claro.
Un saludo.