Qué hacer ante un juicio de ejecución fiscal

pablotrentin
Mensajes: 2
Registrado: Lun May 18, 2015 4:57 pm
Es Contador Público?:
Contactar:

Qué hacer ante un juicio de ejecución fiscal

Mensaje por pablotrentin »

Hoy vamos a ver 4 formas de evitar un juicio de ejecución fiscal de AFIP.

Las mismas reciben el nombre de excepciones, y tendremos 5 días para presentarlas una vez notificados del jucio en nuestra contra. Ellas son:

Pago total documentado. Con esto se refiere a que la obligación que el fisco nos reclama ya se encuentra paga, y por alguna razón la AFIP nos la está reclamando. En este caso, todo lo que habrá que hacer es presentar un escrito de excepción, donde además se ofrezca prueba de que el pago ha sido realizado.

Espera documentada: esto significa que la deuda que se reclama se ha acogido a un plan de pagos, y que la AFIP no ha tenido en cuenta esta situación.

Prescripción: la prescripción es la pérdida del derecho de accionar ante la justicia. Cuando han transcurrido los plazos que marca la ley, que son de 10 o 5 años según la ley, el fisco pierde la facultad de reclamar ante la justicia los impuestos que no fueron oportunamente pagados.

Inhabilidad de título: el título de deuda es la boleta que emite la AFIP donde consta la deuda que tenemos con el fisco. En ella deben constar los datos básicos del contribuyente (nombre, CUIT, detalle de deuda, etc). Si no están estos datos, no se nos puede reclamar lo que nos piden.
Cabe destacar que los pagos efectuados después de iniciado el juicio, los pagos mal imputados o no comunicados por el contribuyente o responsable no serán hábiles para fundar excepción.

Estas son las excepciones que figuran en el ley de procedimiento tributario. En una próxima entrega, veremos cómo podemos oponer excepciones que no están en esa ley.
http://www.estudiocontable.org
Responder