Estimados, un contribuyente, (contribuyente local en IIBB CABA) no presentó la Dj anual periodo fiscal 2016 y me informa que presenta dj mensual desde 6/2016 pero había recibido notificación de AGIP donde lo obliga a presentar Dj mensual desde el enero/16.
Es posible realizar la presentación de la DJ anual 2016 informando el total anual facturado y abonar la diferencia no abonada por los periodos no presentados (Enero-Mayo) ?
Por otra parte, la DJ anual se deberá realizar a través de la página de AGIP, pero siendo un contribuyente local, en cumplimiento de la obligación termina con la presentación de la certificación de dicha DDJJ? Deberá ser legalizada en el CPCECABA?
Muchas Gracias,
Slds,
IIBB DJ Anual Contribuyente Local
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Re: IIBB DJ Anual Contribuyente Local
la anual es informativa no determinativa, los saldos que debas ingresar tenes que hacerlo en las mensuales, segundo lee la normativa sobre quienes tienen que legalizarla esta clarisimo, saludos.
Marcelo Borra
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