Buenas tardes colegas, someto a vuestra opinión un caso..
Tengo un cliente que es Despachante de Aduana se va a asociar con otro Despachante y van a hacer una Sociedad irregular ( ex de hecho) para prestar sus servicio profesionales...
La consulta es sobre si procede la Exencion de Ingresos Brutos de CABA para la CUIT de la sociedad que formaran.. ya que no facturaran en forma individual..
Gracias
IIBB CABA PROFESIONALES
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Damián A. Martínez
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Re: IIBB CABA PROFESIONALES
Si la sociedad no solo va a cargar con los gastos comunes sino tambien con el ejercicio de ambos profesionales y la facturacion por sus trabajos y no lo hagan de forma individual como mencionas no procede la exencion.
Marcelo Borra
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Re: IIBB CABA PROFESIONALES
Claro , seria la CUIT de la Sociedad la que soporta los gastos y factura por el ejercicio de la actividad de los dos profesionales .....Asique no procede...
MUCHAS GRACIAS
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Damián A. Martínez
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Re: IIBB CABA PROFESIONALES
Para que proceda la exención al igual que los Profesionales, la Sociedad debe tener matrícula, como lo tienen en nuestro caso, los Estudios Contables registrados ante el CONSEJO.
De esa forma, es la única en la cual podés mantener la exención.
Tené en cuenta que la exención para "Profesiones Liberales" dice "no organizadas en forma de empresa".
Saludos.
De esa forma, es la única en la cual podés mantener la exención.
Tené en cuenta que la exención para "Profesiones Liberales" dice "no organizadas en forma de empresa".
Saludos.
Gabriel Sequino
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