IVA 2016
-
- Mensajes: 3
- Registrado: Mar Abr 11, 2017 11:30 am
- Es Contador Público?: Sí
IVA 2016
Si yo encuentro facturas del año pasado (2016), a la hora de querer usar su IVA, me es posible? las puedo computar en el periodo actual o estoy obligado a hacer una rectificativa y luego cargar el saldo a favor correspondiente al periodo actual? Desde ya, muchas gracias
-
- Mensajes: 29
- Registrado: Vie Feb 12, 2016 9:41 am
- Es Contador Público?: Sí
- Ubicación: Belgrano, CABA
Re: IVA 2016
No se puede rectificar en menos, aunque en este caso se trata de crédito fiscal y no débito fiscal, de todas formas no aconsejaría rectificar. Si no es significativo el importe lo dejaría como esta.
Saludos,
Saludos,
-
- Mensajes: 4
- Registrado: Lun Jul 10, 2017 2:04 pm
- Es Contador Público?: No
Re: IVA 2016
No se puede cargar esas facturas al mes que se esta liquidando hoy? no deberia haber problema o si?Mdebagge escribió:No se puede rectificar en menos, aunque en este caso se trata de crédito fiscal y no débito fiscal, de todas formas no aconsejaría rectificar. Si no es significativo el importe lo dejaría como esta.
Saludos,
-
- Mensajes: 29
- Registrado: Vie Feb 12, 2016 9:41 am
- Es Contador Público?: Sí
- Ubicación: Belgrano, CABA
Re: IVA 2016
No hay perjuicio fiscal, por lo tanto puede tomarlas.ulicesalanis18 escribió:No se puede cargar esas facturas al mes que se esta liquidando hoy? no deberia haber problema o si?Mdebagge escribió:No se puede rectificar en menos, aunque en este caso se trata de crédito fiscal y no débito fiscal, de todas formas no aconsejaría rectificar. Si no es significativo el importe lo dejaría como esta.
Saludos,
Saludos,
-
- Mensajes: 4
- Registrado: Lun Jul 10, 2017 2:04 pm
- Es Contador Público?: No
Re: IVA 2016
Exacto coincido, yo cargue siempre asi las Facturas que no se registraban en el mes correspondiente.Mdebagge escribió:No hay perjuicio fiscal, por lo tanto puede tomarlas.ulicesalanis18 escribió:No se puede cargar esas facturas al mes que se esta liquidando hoy? no deberia haber problema o si?Mdebagge escribió:No se puede rectificar en menos, aunque en este caso se trata de crédito fiscal y no débito fiscal, de todas formas no aconsejaría rectificar. Si no es significativo el importe lo dejaría como esta.
Saludos,
Saludos,