Estimados colegas, les consulto por un caso que me está sucediendo ahora, y estoy con ciertas dudas para la DDJJ.
Un contribuyente escritura una casa que compra de la siguiente forma "COMPRA VENTA DE NUDA PROPIEDAD CON CONSTITUCION ONEROSA DE USUFRUCTO VITALICIO A FAVOR DE OTROS ADQUIRENTES". En mi caso el contribuyente es el que adquiere el USUFRUCTO y quienes adquieren la nuda propiedad son sus hijos con dinero donado por el contribuyente" y en la misma escritura se indica que se constituye el Usufruto vitalicio por U$150.000 y que se adquiere la nuda propiedad por U$50.000.
Mi duda es la siguiente, al ser un usufructo oneroso en Bs Personales se declara parte el usufructuario y parte el titular de la nuda propiedad (hijos) según ley es en mitades, pero considero que al estar establecido valores distintos a las mitades en la escritura se deben tomar las proporciones de escritura, es así??
Y por otro lado, al momento de plasmar las donaciones en las respectivas DDJJ, la misma es por el total del bien? o sea suma de usufructo más nuda propiedad (U$200.000), en criollo, la donación de mi cliente a sus hijos es por U$200.000 que es el valor total de la escritura???
Desde ya muchas gracias y espero haber sido claro.
Saludos, Nicolás