Bienes Personales

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mplp
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Bienes Personales

Mensaje por mplp »

Estimados,
Como empleada estatal, siempre pagué Ganancias pero nunca declaré bienes personales. si quiero iniciar la presentación este año, debo pagar multa sólo por el último año?
Cómo se calculan los honorarios?
Agradeceré sugerencia de contador en La Plata
Estudio Contable GS
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable GS »

Hola, creo que tenés una confusión importante:

1) Pagar Ganancias no significa presentar las DDJJ anuales (F. 711) si te correspondía, si hasta 2014, cobrabas más de $144.000 brutos anuales, si en 2015 cobrabas más de $300.000 brutos anuales y si en 2016, cobraste más de $500.000 brutos anuales.

2) Bienes Personales, también estando en relación de dependencia existe la obligatoriedad de presentar las DDJJ informativas (si no te daba a pagar) y/o Declarativas (si te daba a pagar). El mínimo exento en Bienes Personales, hasta el 2015, eran de $305.000 y en 2016, será de $800.000 (mínimo no imponible).

3) Respecto a las multas, tendrías que presentar y pagar las multas (sean DDJJ informativas o declarativas, según haya saldo a pagar o no), de cada año, por los años no prescriptos (hoy en día desde DDJJ 2010 en adelante corresponde presentar).

Si necesitás Asesoramiento Profesional, podés contactarme.

Si no presentás las DDJJ de los años no prescriptos y no podés demostrar la evolución de tu patrimonio, después te va a terminar saliendo mucho más caro dado que las multas por "Ingresos no declarados" son mucho más altas que abonar los impuestos en tiempo y forma.

También habría que analizar si tu patrimonio debería ser declarado vía Blanqueo, o bien mediante las DDJJ anuales de los períodos no prescriptos. Esto requiere de un análisis año a año para determinarlo.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Eduardo
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Eduardo »

mplp escribió:Estimados,
Como empleada estatal, siempre pagué Ganancias pero nunca declaré bienes personales. si quiero iniciar la presentación este año, debo pagar multa sólo por el último año?
Cómo se calculan los honorarios?
Agradeceré sugerencia de contador en La Plata
Pagando ganancias (por relación de dependencia) seguro deberías haber presentado la informativa; y dependiendo de ésta la determinativa o no (según la base imponible determinada por valor fiscal de/l bien/es).
Si podes justificar la posesión de los bienes, no es necesario que entres al blaqueo, presenta las retroactivas de BP e ingresá la deuda al plan de pago vigente (no por moratoria por ser deuda determinada posterior al 31/5/2016).

Saludos.
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