Buenas tardes! Debo consultar esto ya que me encontré con opiniones distintas entre 3 contadores...
Soy monotributista, vivo en Buenos Aires y actualmente tributo a la provincia de Buenos Aires (ARBA) todas mis facturaciones que fueron realizadas a empresas físicamente y con dirección en Buenos Aires, mi actividad es desarrollador de software y me surgió una oportunidad de trabajo a una empresa de Ciudad de Buenos Aires, ¿debo o no debo inscribirme a convenio multilateral?
Contador A y B: me dicen que debo estar en Convenio Multilateral y que debo tributar por aquí ya que vivo en provincia y facturo a una empresa de capital.
Contador C: me dice que no es necesario estar en Convenio Multilateral porque el intercambio de servicios se realiza por medios electrónicos, no hay producto físico y además no registro presencia en la empresa cliente, es verdad ya que el 100% de mi trabajo lo desarrollo en Buenos Aires y nunca voy a la empresa cliente, envio mis servicios (codigo) por medio de herramientas (internet).
¿se entiende un poco? ¿quien tiene la razón?
Muchísimas gracias por su atención, la verdad que ya no se a quien preguntarle por que a cada uno que pregunto no sabe que responderme o me responde algo distinto, como monotributista y facturando solo para provincia siempre lo hice todo yo solo, pero esto me supero...
Saludos y muchas gracias nuevamente.
Pd: si alguien tiene alguna duda sobre desarrollo de software no dude en consultarme.
Ezequiel.
Convenio Multilateral para Desarrolladores de Software
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Re: Convenio Multilateral para Desarrolladores de Software
Los contadores A y B tienen razón.
Saludos.
Saludos.
Contador Público U.B.A.
Matriculado en Ciudad de Buenos Aires - Provincia de Buenos Aires - Provincia de Misiones - Provincia de Corrientes
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Re: Convenio Multilateral para Desarrolladores de Software
La primer opcion es la correcta, debes tributar por convenio multilateral, si necesitas asesoramiento para las ddjj mandame un privado en todo caso, saludos.
Marcelo Borra
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Re: Convenio Multilateral para Desarrolladores de Software
Ezequiel, el Contador C, seguramente no conoce la normativa, porque justamente te está diciendo que vos desarrollás la actividad vía web a un cliente fuera de la provincia y no conoce la aclaración 2/2010 de la COMARB, donde indica justamente lo contrario que te está indicando.
Acá te paso el dato para que lo puedas corroborar.
http://www.ca.gov.ar/component/jdownloa ... -generales Fijate el artículo 16.
Saludos.
Acá te paso el dato para que lo puedas corroborar.
http://www.ca.gov.ar/component/jdownloa ... -generales Fijate el artículo 16.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
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http://www.estudiocontablegs.com.ar
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