Autonomos; intimaciones por falta pagos

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Estudio Contable MEB
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable MEB »

autonomos es asi, si no pagas una cuota se actualiza al valor vigente y los intereses se calculan sobre ese valor nuevo.
Marcelo Borra
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Prexem
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Prexem »

Quisiera hacer una consulta sobre autonomos:
Desde hace un tiempo estoy en alta escasez de encargos, trabajo como arquitecto y tasador bancario, razón por la cual dejé de facturar, hoy me exigen factura electrónica, comenzaron algunos encargos y quisiera poder facturar, pero tengo una deuda de largo tiempo de unos 3 años, con multas porque no presenté DDJJ al no facturar en esa época, qué me aconsejan hacer ante la AFIP para poder llegar a facturar electrónicamente? Saludos.
Estudio Contable GS
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable GS »

Prexem escribió:Quisiera hacer una consulta sobre autonomos:
Desde hace un tiempo estoy en alta escasez de encargos, trabajo como arquitecto y tasador bancario, razón por la cual dejé de facturar, hoy me exigen factura electrónica, comenzaron algunos encargos y quisiera poder facturar, pero tengo una deuda de largo tiempo de unos 3 años, con multas porque no presenté DDJJ al no facturar en esa época, qué me aconsejan hacer ante la AFIP para poder llegar a facturar electrónicamente? Saludos.
La única vía correcta sería regularizar tanto las deudas de capital (con sus intereses) si hubiera, presentación de DDJJ y sus multas.

El no tener trabajo no te exime de no tener que cumplir con la obligación si seguías de alta en los impuestos.

Si no tenías actividad, tendrías que haberte dado de baja (para no acumular deuda y tener que presentar) o bien cumplir con las obligaciones formales como todo contribuyente.

Si necesitás regularizar (IVA, régimen informativo, Ganancias, Autónomos e Ingresos brutos, salvo que esté último estés ejerciendo 100% en CABA) contactame.

Existen planes de pago a los que podés acceder hasta el 31/08/2019, a fin de incluir ciertas deudas de AFIP.

En caso que no regularices y te reclamen, vas a terminar sufriendo embargos en tus cuentas bancarias, lo que te va a imposibilitar a cobrar tus honorarios de ahí en adelante e inhibición de bienes en los registro automotor e inmueble, lo que también te impediría disponer libremente de tus bienes materiales, tanto sea para comprar como para vender.

Saludos.
Gabriel Sequino
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